Insignia

Orden · Continuidad · Derecho Público · Tradición

RESTAURACIÓN IMPERIAL

La restauración imperial no es ni una reivindicación circunstancial ni una construcción política.

Designa el retorno de un orden jurídico e institucional anterior a las rupturas modernas, fundado en la continuidad histórica, la legitimidad formal y el ejercicio efectivo del derecho.

Fundado en la jerarquía de las dignidades, en el ejercicio de los oficios y en el derecho público del Imperio, este orden no se proclama ni se negocia. Existe, se ejerce y se transmite.

El Imperio es, por su propia naturaleza, una estructura de permanencia.

PRINCIPIOS RECTORES

« La restauración imperial se fundamenta en el reconocimiento legítimo, la continuidad jurídica y el orden formal. »

FUNDAMENTO HISTÓRICO

El orden imperial se constituyó mediante el uso constante, la costumbre reconocida y el ejercicio continuado de los oficios. Precede a las formaciones estatales modernas y no procede de ninguna fundación reciente.

Las rupturas políticas del siglo diecinueve no abolieron este orden. Suspendieron ciertas manifestaciones externas, pero no el derecho ni la legitimidad histórica.

FUNDAMENTO JURÍDICO

La restauración imperial se basa exclusivamente en el antiguo derecho del Imperio, tal como fue ejercido, aplicado y transmitido antes de toda codificación moderna. Este derecho nace de la dignidad, de la jurisdicción y de la jerarquía de los rangos. Opera por la forma y por el acto, no por la opinión ni por la pretensión.

PAPEL DE LAS CASAS DEL IMPERIO

Las casas vinculadas al Imperio tienen por misión conservar las formas, transmitir los usos y custodiar el orden. No crean la autoridad: garantizan su permanencia en el largo curso del tiempo.

CONSERVACIÓN · TRANSMISIÓN · CUSTODIA

SOLI DEO ET IMPERATORI